A- de 2020
Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo
✓Demandante Jorge Eliecer Osorio Ramirez
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Improcedencia por cuanto el recurso de súplica no presenta argumentos que desvirtúen las razones constitutivas del rechazo de la demanda
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Recurso de súplica.
El rechazo de la demanda se dio porque en el escrito de corrección la accionante no logró incorporar argumentos constitucionales al debate, que superaran en su totalidad las deficiencias argumentativas señaladas en el auto inadmisorio.
La Sala Plena de la Corporación decidió rechazar el recurso interpuesto y, en consecuencia, CONFIRMAR el auto cuestionado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. CONFIRMAR el Auto del 9 de noviembre de 2020, proferido por el Magistrado Sustanciador Alejandro Linares Cantillo, mediante el cual se rechazo la demanda de inconstitucionalidad promovida contra el articulo 68 A (parcial) de la Ley 599 de 2000, con el numero de radicacion D-13964.
- SEGUNDO. A traves de la Secretaria General de la Corte Constitucional, comuniquese el contenido de esta decision al recurrente, indicandole que contra ella no procede recurso alguno.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.